Perú: Indecopi sancionaría toda publicidad engañosa por covid19
Las multas por difundir publicidad engañosa en este marco del COVID-19 pueden llegar hasta las 700 UIT.
En las últimas semanas han empezado a proliferar campañas publicitarias que se jactan de contar con beneficios frente al COVID-19. Esta situación ha puesto en alerta a Indecopi, que ha decidido hacer seguimiento a este tipo de publicidad.
La publicidad es necesaria para alimentar la libre competencia y el flujo del mercado. Sin embargo, el consumidor tiene derecho a realizar una elección usando información veraz y honesta, de productos o marcas que no difundan información tendenciosa para ganar un cliente.
A la fecha, Indecopi ha detectado un total de 46 campañas presuntamente engañosas. Algunas afirman contar con certificaciones que no tienen. Otras campañas difunden beneficios y características que curan enfermedades sin tener respaldo médico.
Lo ideal en estos casos, para evitar multas y sanciones, es evitar afirmaciones falsas. En caso el producto o servicio sí cuente con este tipo de características, la empresa debe recolectar información que la respalde antes de difundir la publicidad. Lo mismo, si se tiene testimonios o testigos del producto o servicio que se publicita, deben ser verídicos.